Cuando una persona recibe el
reconocimiento del grado de discapacidad por parte de la administración,
cuenta con una serie de beneficios.
La discapacidad es la situación de la persona que por sus condiciones físicas o mentales duraderas se enfrenta con notables barreras de acceso a su participación social, como recoge la RAE. Pero como recoge el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), estas personas constituyen un sector de población heterogéneo, ya que no todos los tipos de discapacidad son iguales. La forma que se tiene de clasificarla es según su grado (desde la clase I a la clase V); y su tipo, ya que puede ser física, auditiva, visual, intelectual, mental, daño cerebral adquirido o múltiple.
Desde el Imserso señalan que todas tienen en común que, en mayor o menor medida, precisan de garantías suplementarias para vivir con plenitud de derechos o para participar en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos en la vida económica, social y cultural del país.
Tipos de discapacidad
La clasificación de de la discapacidad según su tipo nos lleva a seis tipos.
- Física: se ve afectado algún aspecto del funcionamiento físico de una persona, por lo general su movilidad, destreza o resistencia. Las personas con discapacidad física suelen ser expertas en sus propias necesidades, y comprenderán el impacto de su discapacidad.
- Auditiva: consiste en el deterioro o falta de la función sensorial de oír. Se incluye la sordera parcial o total, así como las dificultades para hablar.
- Visual: consiste en el deterioro o falta de la función sensorial de ver. Puede ser visión disminuida o ceguera.
- Intelectual: se basa en limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa. Se manifiesta en habilidades adaptativas conceptuales, sociales y prácticas.
- Mental: se basa en alteraciones o deficiencias en las funciones mentales, específicamente en el pensar, sentir y relacionarse. Es conocido también bajo el término de “Discapacidad psicosocial”.
- Personas con daño cerebral adquirido (DCA): la lesión cerebral adquirida (LCA) se refiere a cualquier tipo de daño cerebral que ocurre después del nacimiento. La lesión puede ocurrir debido a una infección, enfermedad, falta de oxígeno o un traumatismo en la cabeza.
Diferentes grados de discapacidad
Otra forma de clasificar la discapacidad es según el grado. Dependiendo de la gravedad irá desde la clase I, menos grave, a la clase V, más grave.
- Clase I (0% de discapacidad). En este caso, el sujeto recibe la calificación de persona con incapacidad.
- Clase II (1% al 24% de discapacidad). La persona es calificada como leve.
- Clase III (25% al 49% de discapacidad). La persona es calificada como moderada.
- Clase IV (50% al 70% de discapacidad). La persona es calificada como grave.
- Clase V (más del 70% de discapacidad). La persona es calificada como muy grave.
Beneficios del reconocimiento del grado de discapacidad
Desde la web del Imserso señalan un listado con los posibles beneficios las personas con reconocimiento de grado de discapacidad, pueden señalarse los siguientes:
- Acceso a las medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad
- Adaptación del puesto de trabajo
- Adaptación de pruebas selectivas en el acceso al empleo público
- Jubilación anticipada
- Acceso a la vivienda de protección pública
- Subvenciones y/o ayudas de carácter individual: tratamientos rehabilitadores, productos de apoyo, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, etc.
- Tratamientos rehabilitadores y de apoyo
- Recursos y apoyos educativos
- Pensión no contributiva (PNC) por invalidez
- Prestaciones económicas y sociales para personas con discapacidad: Asistencia Sanitaria y Prestación Farmaceútica y Subsidio de Movilidad y Compensación para Gastos de Transporte
- Prestaciones familiares. Asignación económica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo; o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 65%
- Ampliación del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
- Ingreso en Centros
Beneficios fiscales y otras ayudas
Además, cuenta con beneficios fiscales debido a la necesidad de ayuda de tercera personas para desplazamiento a lugar de trabajo, movilidad reducida, necesidad de vivienda adaptada, etc. Entre ellos se incluye el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre Sociedades (IS); el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto especial sobre determinados medios de trasporte (IEDMT) y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
Otros beneficios son la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, el bonotaxi, las reducciones en medios de transporte; así como otras ayudas y servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de Servicios Sociales ya sean municipales, autonómicos o estatales, o de la iniciativa privada social.