lunes, 14 de marzo de 2016

AYUDAS A LA DEPENDENCIA INSUFICIENTES

Las ayudas económicas que recoge la Ley de Dependencia "son insuficientes no sólo para llevar a cabo una vida independiente sino para cubrir incluso las necesidades básicas de la vida diaria", según denuncia un estudio de la Plataforma Representativa Estatal de Personas con Discapacidad Física (PREDIF) sobre la asistencia personal a este colectivo en España. 

El trabajo, que aborda la escasa implantación de esta figura necesaria para la autonomía personal, ha sido presentado este jueves en una jornada inaugurada por el director del IMSERSO, César Antón, y el director general de Políticas sobre Discapacidad, Ignacio Tremiño, junto al presidente de PREDIF, Francisco Sardón, el director general de Fundación ONCE, José Luis Martínez Donoso, y representantes de ASPAYM, ECOM, y Fundación Vodafone España. 

Según concluye, la implantación de la asistencia personal afronta "muchas dificultades" por el marco normativo español y entre ellas, figura la propia Ley de Dependencia, en tanto que promueve la autonomía pero centrada en los ámbitos "educativo y laboral" y además, tiene "una escasa dotación económica". En este sentido, además de señalar que las prestaciones "son insuficientes para cubrir inluco las necesidades básicas de la vida diaria", apunta que "no cubren" los costes asociados a los derechos laborales del trabajador que realiza esa asistencia personal, gastos que "sin embargo, exige que sean abonados". "A nivel de las comunidades autónomas, resulta muy difícil conocer en profundidad el régimen jurídico del asistente personal, debido a la dilatada producción normativa existente en cada una de ellas", plantea el estudio, para incidir en que "esta 'maraña' normativa produce el efecto perverso de disuadir al propio interesado en el servicio, al dificultarle conocer con claridad el alcance y la repercusión económica de esta prestación". 

Asimismo, se plantean "diferencias en el procedimiento de reconocimiento y asignación de la prestación" en función de las comunidades autónomas. "No se puede obviar, que el desarrollo normativo de esta Ley Estatal, está originando importantes desigualdades territoriales", afirma. Sobre este asunto, enumera diferencias como que unas comunidades "amplían el régimen de compatibilidades previsto por la normativa estatal" mientras otras no lo hacen, el copago "se regula de forma distinta", en otros territorios también se condiciona el importe de la prestación en función de la dedicación horaria y algunas limitan su acceso en función de la edad del beneficiario. "Es necesario, replantear las fuentes de financiación existentes ya que son insuficientes y no se adaptan a las necesidades del servicio de asistencia personal. No debe existir el temor a un sobrecoste en el SAAD por esta prestación, ya que al ser una prestación inmadura socialmente, no se prevé una demanda masiva del servicio", concluye el trabajo de PREDIF. Afirma que, por el contrario, existe un retorno social de unos tres euros de media por cada euro que se invierte en esta materia, lo que "pone en valor la asistencia personal" porque "además de garantizar la autodeterminación y autonomía de la persona, tiene un retorno social que no consiguen otras prestaciones del catálogo del SAAD y que tienen un mayor coste económico", como los centros residenciales. 

El informe recuerda que la Asistencia Personal y el acceso a esta "es un derecho al que puede acceder cualquier persona en situación de dependencia", como recoge la Ley, y explica que existen dos modelos para acogerse, bien mediante prestación económica sujeta al servicio (el usuario recibe dinero para contratar al asistente personal), bien mediante la asignación del servicio (recibe directamente al trabajador). PREDIF, aunque considera que con dotación económica suficiente, la primera alternativa es la "ideal", sostiene que es "importante" mantener y promover "la coexistencia de diferentes tipos de prestaciones y formas de acceso a los recursos" ya que se trata de un modelo aún "inmaduro" en España. Con todo, reivindica la articulación de mecanismos de acreditación y control "con indicadores objetivos y medibles", para que se garantice el cumplimiento de los principios básicos de la Asistencia Personal.

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